Ecologistas denuncian en el Juzgado a responsables de la Sociedad Breña del Agua Investments por intentar bloquear la marcha legal por el camino público Benamahoma-Zahara

Guardas jurados, antes los participantes en la marcha del 8 de octubre de 2017.
Guardas jurados, antes los participantes en la marcha del 8 de octubre de 2017.

El colectivo Ecologistas en Acción difundió el 29 de noviembre de 2017 un comunicado en el que informa de que «ha presentado en el juzgado de Ubrique una denuncia contra los guardas privados y responsables de la sociedad Breña del Agua Investments S.L.,  propietaria de las fincas por las que discurre el camino público de Benamahoma a Zahara, que intentaron por todos los medios impedir la masiva marcha organizada el pasado 8 de octubre para demandar el libre tránsito por las vías pecuarias y caminos públicos, y en solidaridad con el activista de Ecologistas en Acción Juan Clavero, que sufrió un lamentable montaje para intentar implicarlo en un delito de tráfico de drogas, precisamente por su participación en campañas en defensa de los caminos públicos en el Parque Natural Sierra de Grazalema». El comunicado añade: «Los sucesos que tuvieron lugar ese día fueron muy graves, ya que se intentó impedir el normal desarrollo de una manifestación legal por medios tan expeditivos como instalar varios vallados con alambres de espino en el camino público, grabar a los asistentes, o intentar agredirles, sin que ninguno de los más de 600 participantes en la marcha respondiera a estas provocaciones. La marcha reivindicativa contaba con la autorización de la Consejería de Medio Ambiente, ya que discurría por el Parque Natural Sierra de Grazalema, y se notificó a la Subdelegación del Gobierno al amparo del artículo 21 de la Constitución Española, y de la Ley Orgánica 9/1983, reguladora de los derechos de reunión y manifestación, dándole el visto bueno. A pesar de que se informó a los guardas de la mencionada sociedad que la marcha estaba legalizada, que iba a transitar por un camino público y que estábamos ejerciendo un derecho constitucional, cerraron el camino e intentaron por la fuerza impedir el paso».

Participantes en la marcha.
Participantes en la marcha.

 

Participantes en la marcha.
Participantes en la marcha.

El comunicado continúa: «Varios agentes de la Guardia Civil hicieron acto de presencia, y a pesar de que conocían que la marcha estaba legalizada, la interrumpieron durante media hora. Ante nuestro requerimiento de que levantaran acta de denuncia contra las personas que habían intentado por medios violentos impedir el ejercicio del derecho de manifestación, y que procedieran a ordenar a los guardas y responsables de la sociedad Breña del Agua Investments S.L. que se mantuvieran alejados de la manifestación y no la obstaculizaran, respondieron que presentáramos denuncia ante el juzgado, y no adoptaron medida alguna para garantizar el derecho de los manifestantes, ni contra los que intentaban impedir esta manifestación legal. Ante la evidencia de la legalidad de la marcha, terminaron por dejarla continuar, desarrollándose con completa normalidad.
En la denuncia se considera que estos tales hechos pudieran ser constitutivos de INFRACCIÓN PENAL; en concreto, puede haberse producido la comisión de los siguientes delitos:

  • Delito previsto y penado en el artículo 455 del Código Penal y/o un delito CONTRA LA LIBERTAD DE CIRCULACIÓN previsto en el artículo 19 de la CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA, dado el carácter de PÚBLICO DEL CAMINO objeto de TRÁNSITO.
  • Delito previsto y penado en el artículo 514.4 del Código Penal «LOS QUE IMPIDIEREN EL LEGÍTIMO EJERCICIO DE LAS LIBERTADES DE REUNIÓN O MANIFESTACIÓN, o perturbaren gravemente el DESARROLLO de una reunión o MANIFESTACIÓN LÍCITA.
  • Delito previsto y penado en el artículo 197.1 del Código Penal, por las grabaciones que nos realizaban durante el desarrollo de la marcha «El que, para descubrir los secretos o vulnerar la INTIMIDAD DE OTRO, sin su consentimiento, se apodere … o UTILICE ARTIFICIOS TÉCNICOS de escucha, GRABACIÓN o reproducción del sonido o de la IMAGEN, o de cualquier …».
  • Delito de PREVARICACIÓN, art. 404 y ss del Código Penal, ya que en tanto funcionarios públicos, los agentes de la Guardia Civil no pusieron limitación a la actuación arbitraria de los guardas privados mencionados, en cuanto debiendo tener conocimiento de que las marchas concurrían por caminos públicos, de sus licencias y permisos para ello, impidieron aún temporalmente el transcurso de la misma, ampararon la actuación arbitraria de dichos guardas privados.

A la denuncia se ha adjuntado una abundante documentación acreditativa del carácter público de este camino, incluida una sentencia firme del TSJA que así lo atestigua, y varios videos de la marcha».

Pancartas de los participantes en la marcha.
Pancartas de los participantes en la marcha.

 

Guardias civiles, en la interrupción de la marcha.
Guardias civiles, en la interrupción de la marcha.

 

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